09 Dic IRPF DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD
LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD ESTÁ EXENTA DE IRPF.
Como ya sucediera con el Impuesto de Plusvalías, los Tribunales han vuelto a limitar el afán recaudatorio de la Administración. Descubre en este artículo cómo reclamar el IRPF de la prestación por maternidad y paternidad y compártelo con todos tus conocidos.
El Tribunal Supremo, en su sentencia 1462/2018 de 3 de octubre de 2018 determinó que «Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas».
La Agencia Tributaria, en cumplimiento de la doctrina legal sentada por esta sentencia ha habilitado un mecanismo para la devolución rápida de estas cantidades.
Te explicamos cómo puedes reclamar el IRPF de la prestación por maternidad y paternidad directamente, sin coste ni intermediarios.
¿CUÁNDO PUEDES RECLAMARLO?
La Agencia Tributaria ha decidido fraccionar el periodo de reclamación en función del año en el que se disfrutara de la prestación por maternidad.
- Si la percibiste en los años 2014 y 2015, deberás tramitar la reclamación en diciembre de 2018.
- Si la percibiste en 2016 y 2017, deberás realizar el trámite en el mes de enero de 2019.
- Si la has percibido en 2018, no tendrás que realizar ninguna reclamación, puesto que a Agencia Tributaria procederá automáticamente a su devolución en la próxima declaración de la renta que realices.
- Si la prestación ocupó parte de dos años diferentes ten en cuenta que tendrás que tramitar lo de cada año según las indicaciones anteriores de plazos.
¿QUIERES SABER CÓMO RECLAMAR EL IRPF?
Se han habilitado dos medios para presentar la reclamación: online o presencial.
Si optas por la reclamación online sigue estos pasos:
- Entra en https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Prestacion_maternidad/Prestacion_maternidad.shtml
- Identifícate en el sistema de la misma manera que cuando realizas la declaración de la renta.
- Sigue las indicaciones y en pocos pasos habrás tramitado la solicitud.
Si optas por la reclamación presencial sigue estos pasos:
- Descarga el formulario disponible en https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Prestacion_maternidad/_TRAMITACION/Otros_tramites/Otros_tramites.shtml
- Rellena los datos.
- Entrégalo en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria.
Como ves, se trata de un procedimiento muy sencillo de realizar sin necesidad de intermediarios y en pocos meses la Agencia Tributaria procederá a realizar el ingreso de la cantidad a devolver en tu cuenta bancaria.
¡NO DEJES QUE SE TE PASE EL PLAZO! Y comparte esta información con todos tus amigos y conocidos para que no pierdan la devolución a la que tienen derecho.
No te quedes sin reclamar el IRPF de la prestación por maternidad y paternidad
En GARCÍA CALVO ABOGADOS tenemos un fuerte compromiso con la sociedad y la defensa de todos los derechos. Estamos a tu disposición en nuestro despacho de Almendralejo.
Consúltanos tu caso y te ayudaremos.
GARCÍA CALVO ABOGADOS
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